José Modesto Vega Narváez, alcalde del GADN, el 15 de febrero, se reunió
con síndicos y presidentes de las comunidades Shuar del alto Nangaritza
en la comunidad de Shaimi, perteneciente a la parroquia Zurmi, cuyo
objetivo es, en base al Art. 97 del Código Orgánico de la organización
territorial, socializar sobre los derechos establecidos en la
Constitución del Ecuador para los pueblos y nacionalidades, comunas,
especialmente sus propias formas de convivencia y organización social en
sus territorios, legalmente, reconocidos y tierras comunitarias de
posesión ancestral.
Obligación
Es obligación del Estado y de sus instituciones hacer efectivo el goce de tales derechos en favor de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, así como la implementación de servicios básicos y la ejecución de la obra pública. En el caso concreto de las comunidades Shuar de Shamataka y Napints, por su constante crecimiento poblacional, es indispensable regular la ubicación de las viviendas de manera ordenada, con implementación de calles, avenidas, parques y jardines, la implementación de obras de infraestructura y servicios básicos por parte de la Municipalidad, por ser terrenos ancestrales son inalienables, inembargables conforme lo determina la Constitución, es fundamental establecer una planificación conjunta entre GAD y las comunidades Napints y Shamataka conforme lo establece el COOTAD en su At. 97.
Asamblea
Al pertenecer Napints y Shamataka a la Asociación Tayunts, se reunirán en asamblea y resuelvan entregar al Gobierno Autónomo de Nangaritza las áreas verdes y comunales, previo a la aprobación de lotizaciones de dichas comunidades y las que a posterior se lotizaren.
Obligación
Es obligación del Estado y de sus instituciones hacer efectivo el goce de tales derechos en favor de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, así como la implementación de servicios básicos y la ejecución de la obra pública. En el caso concreto de las comunidades Shuar de Shamataka y Napints, por su constante crecimiento poblacional, es indispensable regular la ubicación de las viviendas de manera ordenada, con implementación de calles, avenidas, parques y jardines, la implementación de obras de infraestructura y servicios básicos por parte de la Municipalidad, por ser terrenos ancestrales son inalienables, inembargables conforme lo determina la Constitución, es fundamental establecer una planificación conjunta entre GAD y las comunidades Napints y Shamataka conforme lo establece el COOTAD en su At. 97.
Asamblea
Al pertenecer Napints y Shamataka a la Asociación Tayunts, se reunirán en asamblea y resuelvan entregar al Gobierno Autónomo de Nangaritza las áreas verdes y comunales, previo a la aprobación de lotizaciones de dichas comunidades y las que a posterior se lotizaren.
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